El examen teórico es de carácter obligatorio y eliminatorio, y tiene como objetivo verificar los conocimientos teóricos que posee el aspirante a obtener la Licencia de Conducir, sobre todos los temas incluidos en el curso de educación vial. Sera obligatorio para todos los aspirantes que: accedan a la Licencia de Conducir por primera vez, quienes deseen ampliar a una nueva clase, en caso de poseer licencias caducas o vencidas, y para los mayores de 70 años que renueven su licencia anualmente.
El mismo se llevará a cabo conforme la siguiente reglamentación:

Contenidos Mínimos.

– Legislación y marco normativo vigente.
– Educación ética y ciudadana.
– Principios generales en Seguridad Vial.
– Elementos de Seguridad del Vehículo y de la detección de fallas.
– Mantenimiento del vehículo.
– Reglas y principios de conducción.
– Conceptos asociados y principales reglas de la conducción eficiente.
– La conducción y las condiciones físicas del conductor.
– Señales viales.
– Velocidades permitidas
– Licencia de Conducir ( clases)
– Prohibiciones y regímenes de sanciones.
– Responsabilidades, deberes y prohibiciones del conductor.

La evaluación estará compuesta por una batería de al menos de 40 (cuarenta) preguntas las cuales estarán clasificadas por tipo de clases que desee obtener el aspirante. Las mismas pueden ser: a desarrollar, realizadas bajo la modalidad de opciones múltiples, o una combinación de ambas.

Material obligatorio (todas las clases)

Sistema-de-senalizacion-vial-uniforme

Balizas-y-senales-presenciales

LEYES Y DECRETOS NACIONALES

Ley N° 24.449 (Ley de Tránsito)

Decreto 779/95 (Reglamentación Ley Nº 24.449)

 

LEYES Y DECRETOS PROVINCIALES

Ley Nº 13.927 (Nuevo Código de Tránsito)

Decreto 532/09 (Reglamentación Ley N° 13.927)

Decreto Nº 1350/18 (Modifica el Decreto Nº 532/09)

Decreto Nº 169/18 (Establece la competencia de la Direccón Provincial de Política y Seguridad Vial)

 

RESOLUCIONES MINISTERIALES

Resolución 710/09 (Establece la Competencia Territorial de Juzgados)

Resolución 36/16 (Dividir el territorio de la provincia de Buenos Aires, a los fines de la emisión e impresión de las licencias de conducir, en 19 nodos)

Resolución 1082/19 (Aprueba el Acta Única de Infracción de Tránsito) Anexo I  Anexo II

Resolución 1294/19 (Convenio Marco de Cooperación – Siniestralidad Vial)

 

DISPOSICIONES PROVINCIALES

Disposición 7/10 – Registro de Firmas Autorizadas

Disposición 9/10 – Examen de Aptitud Psicofísica

Disposición 11/10 – Registro de Escuelas de Conductores

Disposición 12/10 – Reglamento de Registración de Escuela de Conductores

Disposición 18/10 – Sistema de Licencias y Sistema de Antecedentes

Disposición 19/11 – Registro de dispositivos electrónicos o informáticos para la realización de Evaluaciones Médicas de Aptitud Psicofísica

Disposición 41/18 – Emisión de Certificado de Legalidad

Disposición 42/18 – Zonas especiales para la circulación de vehículos cuatriciclos

Disposición 46/18 – Reglamento de funcionamiento del Registro Único de Infractores de Transito, RUIT

Disposición 20/19 – Aprueba las Nuevas Clases de Licencias de Conducir

Disposición 46/19 – Aprueba los Manuales y Protocolos para los examenes de conducir:

  1. Manual del Conductor
  2. Protocolo de Evaluación de Conducción de Automóviles
  3. Protocolo de Evaluación de Conducción de Motovehículos
  4. Manual para la emisión y tramitación de la Licencia de Conducir

Disposición 56/19 – Aprobación del procedimiento de autorización y alta de equipos fijos y móviles de constatación de infracciones de tránsito

 

CIRCULARES

Circular para Municipios (renovación de licencias)

Circular N° 54  (Establece el procedimiento para declarar la “inaptitud para conducir” establecida en el artículo 18 del Anexo II, Título I del Decreto N° 532/09)

Circular N° 52  (Especifica los rangos de edades que se aplican para la emisión de la Licencia de Conducir en la Provincia de Buenos Aires)

Circular N° 43  (Especifica la validez de la Licencia de Conducir Digital en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires)

Circular N° 38  (Especifica el procedimiento a seguir por los órganos de juzgamiento de infracciones de tránsito cuando se retenga la licencia de conducir)

Circular N° 31  (Aclaración sobre las Clases de licencias válidas para conducción de vehículos UTV: cuatriciclos y similares)

Circular N° 12  (Especifica el procedimiento para renovar u acceder por primera vez a la Licencia de conducir de Clase cuatriciclos)

 

DICTÁMENES PROVINCIALES

Dictamen N° 4039/09 – Mayoría de Edad

Dictamen N° 5290/11 Asesoría General de Gobierno  –  Establece en 5 años el tiempo durante el cual un antecedente penal (de tránsito u otros establecidos en la norma) será impedimento para el otorgamiento de una licencia de conducir profesional.

Dictamen N° 5915/11 Asesoría General de Gobierno  –  Establece que las penas de inhabilitación impuestas en el marco de una infracción de tránsito únicamente obstarán el otorgamiento de la licencia (de cualquier clase), durante la “vigencia” de dicha sanción.

Dictamen N° 544/19 Asesoría General de Gobierno  –  Establece que las personas mayores de 65 años pueden acceder a clases profesionales de licencias (C, D y E) siempre que se verifique fehacientemente que hayan tenido experiencia en dicha actividad (hayan tenido una clase profesional con anterioridad).

CONVENIOS

Convenio Marco de Cooperación

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